domingo, 21 de septiembre de 2008

ACERCA DE LA TEMÁTICA DE LA EUTANASIA. Tema Pastoral. 2008




Contexto: Debate social creciente desde la muerte de Ramón San Pedro y la película, que he visto y está muy bien realizada, “Mar adentro”. Buena información sobre el tema en: http://es.catholic.net/bioetica/342/

1º.- ¿Qué es la eutanasia? ¿Qué tipos de eutanasia podemos distinguir?

La etimología: eu thánatos: bien muerte, buena muerte, morir bien. Sin embargo, tiene un significado más específico que es procurar la muerte sin dolor a aquellos que sufren. Hoy entendemos técnicamente por eutanasia el llamado “homicidio por compasión”, es decir, causar la muerte de otro por “piedad” ante su sufrimiento o atender a sus deseos de morir por la causa que fuere.

¿Cuántas clases de eutanasia hay?
Voluntaria: solicitada por el que quiere morir.
Involuntaria: cuando no la solicita.
Perinatal: cuando se aplica a recién nacidos deformes o deficientes.
Agónica: cuando se aplica a enfermos terminales.
Psíquica: cuando se aplica a afectados de lesiones cerebrales irreversibles.
Social: cuando se aplica a ancianos u otro tipo de personas tenidos por socialmente improductivos o gravosos.
Auto-eutanasia: esto no es eutanasia según la definición que dimos, sino suicidio.Activa: la muerte se produce por acción positiva.
Pasiva: la muerte se produce por omisión.
Directa: busca directamente la muerte.
Indirecta: busca mitigar el dolor aun sabiendo que ese tratamiento puede acortar la vida del paciente. Esto tampoco es eutanasia.
Distanasia: alejar la muerte. Se conoce también como “encarnizamiento terapéutico”.

El caso que nos ocupa es prototípico porque esa acción directa la debe realizar otra persona, ya que el enfermo no puede hacerlo por sí mismo.

2º.- Comienza la película con el argumento: “Esta vida no es digna” (dicho por el protagonista, tetrapléjico). ¿Qué quiere decir el concepto dignidad aplicado a la vida?.

La dignidad se refiere a los derechos que tiene una persona (recuérdese los derechos humanos). En la medida que a alguien se le prive de sus derechos, se le quita dignidad. ¿Se pierden derechos por estar enfermo, por ser de color, por ser extranjero, por tener menos coeficiente mental, por ser anciano...? ¿Quién decide si una persona tiene dignidad? ¿Uno mismo? ¿El juicio de uno sobre sí mismo puede ser norma para otros? ¿La muerte es un derecho?

“El error de juicio en el que se puede haber caído de buena fe no cambia la naturaleza de este acto homicida, que se ha de rechazar y excluir siempre” ( Catecismo, 2277).

3º.- Otro argumento de mucho peso en la decisión de pedir la eutanasia es que toma la decisión consciente y libremente. ¿Qué es la libertad? ¿Es libertad la que se utiliza para una acción negativa?

La mejor definición de libertad que he encontrado es “poseerse, para darse”. Cuando entendemos la libertad sólo como la capacidad de elegir, tenemos que completar esa elección con el Bien y la Verdad; de tal forma que fuera de este ámbito no hay libertad. Debátase, explíquese y entiéndase. La libertad se puede utilizar para una acción negativa, ¿sería libertad? No, en el sentido de que no ayudaría a la felicidad, a la realización personal.

4º.- La película, además de ridiculizar a un sacerdote tetrapléjico y a la misma iglesia, denota una ausencia total de un planteamiento religioso (creyente, cristiano) de la vida y de la muerte. ¿Ante la vida y la muerte es indiferente tener fe o no tenerla? ¿Cómo incide la fe en la vida y en la muerte?

Siempre hemos dicho que la vida es un don de Dios. Esta afirmación supone que la vida la concebimos desde Dios. Dios nos da la vida y nosotros procuramos vivirla, poniéndonos en sus manos. Esta creencia incide a la hora de vivir la vida desde la gratuidad y la muerte como una realidad transitoria y liberadora, abierta a la trascendencia. No se debería ridiculizar una manera de concebir así la vida y la muerte. No podemos imponer nuestra fe a los demás.

“Cada cual es responsable de su vida delante de Dios que se la ha dado. Él sigue siendo su soberano Dueño. Nosotros estamos obligados a recibirla con gratitud y a conservarla para su honor y para la salvación de nuestras almas. Somos administradores y no propietarios de nuestra vida que Dios nos ha confiado. No disponemos de ella” (Catecismo, 2280).

5º.- La sociedad, que es aconfesional, ¿no puede legislar sobre la eutanasia?.

Probablemente lo hará. No podemos imponer nuestra forma de ver la vida a los demás. Pero jurídicamente nunca se podrá decir que la eutanasia es un bien (en el aborto sigue habiendo una ley que dice que es un delito, sólo que en determinados supuestos esta despenalizado); quizá se despenalice el homicidio cuando sea por compasión. Estas leyes inciden negativamente en el status moral de sociedad.

6º.- ¿Tiene algún sentido el sufrimiento para el enfermo y los que le atienden, desde nuestra religión, claro?

No se puede ser superficial en este tema. Hay buena información en
http://es.catholic.net/bioetica/342/785/ En la película se reflejan maneras diferentes de afrontar este dolor (Ramón, la cuñada, el sobrino, el hermano, la abogada...). La enfermedad es difícil de asumir y no es fácil vivirla sin caer en el egoísmo, en la pérdida de ánimo... Desde la fe y el ejemplo de Cristo deberíamos positivizar estas situaciones: el crecimiento en humanidad que nos proporcionan y el reconocimiento de nuestra dependencia de Dios, son frutos que debemos agradecer.

7º.- La película, en sus diálogos, aboga por planteamientos racionales (deshecha los metafísicos o religiosos), sin embargo está repleta de sentimientos, que parece que son los que determinan las decisiones. ¿Qué papel deben jugar los sentimientos en las decisiones sobre la vida?

Los sentimientos nos llevan a justificar la acciones porque tenemos buena intención al realizar las mismas. Los actos, considerados en sí mismos, son buenos o malos. Un acto malo, realizado con buenos sentimientos, no deja de ser malo. Es lo que hemos denominado el “homicidio por compasión”.

Los sentimientos hay que educarlos desde los valores, desde la razón, desde la fe...
Doctrina de la Iglesia Católica sobre la Eutanasia

Declaración sobre la Eutanasia de la Congregación para la Doctrina de la Fe. (5 de Mayo, 1980).

Apuntes de Antonio González Villén,
profesor de Moral en el Seminario de Ciudad Real

1.‑ No acepta la eutanasia activa: "Nadie puede atentar contra la vida humana de una persona inocente sin violar un derecho fundamental, irrenunciable e inalienable". No se acepta la eutanasia "con el fin de eliminar radicalmente los últimos sufrimientos o de evitar a los niños deficientes, a los enfermos mentales o a los incurables la prolongación de una vida desdichada, quizá por muchos años, que podría imponer cargas pesadas a las familias o a la sociedad" "Nadie, además, puede pedir este gesto homicida para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad, ni puede consentirlo explícita o implícitamente. Ninguna autoridad puede legítimamente imponerlo ni permitirlo.

2.‑ Subraya el valor cristiano del dolor y la posibilidad de que el creyente pueda asumirlo voluntariamente.

Pero añade: "No sería, sin embargo, prudente imponer como norma general Un comportamiento heroico determinado. Al contrario, la prudencia humana y cristiana sugiere para la mayor parte de los enfermos el uso de medicinas para aliviar y suprimir el dolor".

3.‑ Condena el "ensañamiento terapéutico".

“Es muy importante hoy día proteger, en el momento de la muerte, la dignidad de la persona humana y la concepción cristiana de la vida contra el tecnicismo que corre el riesgo de hacerse abusivo".

4.‑ Acepta el "derecho a morir" entendiéndolo como "el derecho a morir con toda serenidad, con dignidad humana y cristiana". Si fue histórica la sentencia del Tribunal de N.J. al reconocer el derecho de Karen Quinlan a morir en paz y con dignidad, lo mismo habría que decir de esta formulación oficial de la Iglesia Católica. Insiste en que este derecho a morir "no designa el derecho a procurarse o hacerse procurar la muerte como se quiera”.

5.‑ Supera la terminología de medios ordinarios / extraordinarios y utiliza en su lugar un nuevo par que ya estaba presente en las discusiones de la teología moral católica: medios proporcionados / desproporcionados.

Considera que este cambio debe realizarse "tanto por la imprecisión del término (ordinario) como por los rápidos progresos de la terapia". Para evaluar el carácter proporcionado o no de un medio terapéutico habrá que tener en cuenta "el tipo de terapia, el grado de dificultad y riesgo que comporta, los gastos necesarios y las posibilidades de aplicación con el resultado que se puede esperar de todo ello, teniendo en cuenta las condiciones del enfermo y sus fuerzas físicas y morales".

Este cambio no es meramente un cambio de nombre; significa no centrarse en las características de las terapias médicas usadas, sino tener también muy en cuenta el conjunto de circunstancias que rodean al propio enfermo.

6.‑ Como consecuencia, la Iglesia Católica apoya la llamada "ortotanasia" que es “la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable en fase terminal”. La ortotanasia estaría tan lejos de la eutanasia en el sentido que hemos apuntado antes, como de la "obstinación terapéutica".

"Es también lícito interrumpir la aplicación de tales medios desproporcionados, cuando los resultados defraudan las esperanzas puestas en ellos”. A la pregunta sobre quién debe decidir en estos casos, se cita en primer lugar al propio enfermo y a los familiares, y, después, al médico. Este tiene la capacidad para ponderar "si las técnicas empleadas imponen al paciente sufrimientos y, molestias mayores que los beneficios que se pueden obtener de los mismos ".

No se debe retrasar, por tanto, el advenimiento de la muerte todo lo posible, por todos los medios, proporcionados o no, aunque no haya esperanza alguna de curación y aunque eso signifique infligir al moribundo unos sufrimientos añadidos a los que ya padece y que no lograrán esquivar la muerte inevitable sino sólo aplazarla unas horas o unos días en unas condiciones lamentables para el enfermo.

7.‑ Se afirma claramente la legitimidad del "dejar morir en paz". Acepta el "derecho a morir", entendiéndolo como el "derecho a morir con toda serenidad, con dignidad humana y cristiana". "Es siempre lícito contentarse con los medios normales que la medicina puede ofrecer". El no recurrir a una terapia costosa o arriesgada “no equivale al suicidio”. Ante la inminencia de una muerte inevitable, a pesar de los medios empleados, "es lícito en conciencia tomar la decisión de renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia, sin interrumpir, sin embargo, las curas normales debidas al enfermo en casos similares". Se vuelve a rechazar nuevamente el encarnizamiento terapéutico. En estos casos, "el médico no tiene motivo de angustia, como si no hubiese prestado asistencia una persona en peligro". La obligatoriedad de las "curas normales", ¿excluye totalmente el cese de la alimentación artificial?...

8.‑ Significado de la "petición de eutanasia": “Las súplicas de los enfermos muy graves que alguna vez invocan la muerte no deben ser entendidas como expresión de una verdadera voluntad de eutanasia; éstas, en efecto, son casi siempre peticiones angustiadas de asistencia y de afecto". Además de los cuidados médicos, lo que necesita el enfermo es el amor, el calor humano y sobrenatural, con el que pueden y deben rodearlo todos aquellos que están cercanos: padres e hijos, médicos y enfermeros
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